Cuando México promulgó su Ley Fintech en 2018, incluyó en ella un artículo pionero a nivel mundial: la autorización a las instituciones de tecnología financiera para operar con activos virtuales, sujeta a la regulación que emitirían Banxico y la CNBV. Siete años después, esa regulación sigue siendo parcial e imperfecta, mientras el mercado de criptomonedas en México ha crecido hasta convertirse en uno de los mayores de América Latina.
El ecosistema cripto mexicano en números
México es el segundo mercado de criptomonedas más grande de América Latina por volumen de operaciones, detrás de Brasil. El volumen de operaciones en pesos mexicanos en exchanges registrados creció un 340% entre 2022 y 2025, pasando de aproximadamente 45,000 millones de pesos a más de 198,000 millones.
El número de mexicanos que declaran poseer o haber poseído alguna criptomoneda ronda los 8 millones, aunque la cifra de usuarios activos con operaciones regulares es alrededor de 1.2 millones. Bitcoin concentra el 52% del volumen de operaciones, seguido por Ethereum (18%), USDT (15%) y el resto de monedas alternativas.
Bitso, el exchange fundado en México y hoy el mayor de América Latina, superó los 9 millones de usuarios en 2025. Su caso es paradigmático: una empresa mexicana que creció hasta convertirse en unicornio valuado en más de 2,000 millones de dólares en un entorno regulatorio que nunca le dio el marco que necesitaba.
Lo que dice (y no dice) la ley
La Ley Fintech de 2018 fue visionaria al mencionar los activos virtuales. Pero la visión general necesitaba un cuerpo de regulación específica que tardó más de lo esperado y que, cuando llegó, fue más restrictiva de lo que el mercado esperaba.
La Circular 4/2019 del Banco de México fue la primera respuesta regulatoria. Solo las instituciones de tecnología financiera autorizadas podían operar con activos virtuales, y solo en la modalidad de operaciones internas, no para ofrecer cripto directamente al público general.
En la práctica, esto creó una bifurcación del mercado: las IFPE reguladas no pueden ofrecer Bitcoin a sus usuarios, mientras que los exchanges de criptomonedas que operan bajo figuras de menor supervisión pueden ofrecer cripto al público pero con menor escrutinio regulatorio.
El vacío regulatorio y sus consecuencias
El principal problema del esquema actual no es que las criptomonedas sean ilegales en México —comprar y vender Bitcoin es perfectamente legal para personas físicas— sino que el vacío regulatorio genera desigualdad de protección para los usuarios.
Los depósitos bancarios están garantizados por el IPAB hasta 400,000 UDIs por persona por institución. Los fondos en exchanges de criptomonedas no tienen ninguna garantía equivalente. Si un exchange quiebra, es hackeado o resulta fraudulento, los usuarios no tienen mecanismo de recuperación.
La ausencia de regulación clara también dificulta el cumplimiento fiscal. El SAT ha incrementado sus esfuerzos para detectar operaciones cripto no declaradas, pero la falta de un marco de reporte estandarizado para las plataformas hace que la trazabilidad sea inconsistente.
Las criptomonedas y el sistema bancario: la muralla que persiste
En Estados Unidos, la SEC aprobó en 2024 los primeros ETFs de Bitcoin al contado. En la Unión Europea, el reglamento MiCA de 2024 creó un marco unificado para activos cripto en todos los países miembros. México, en cambio, tiene un banco central que históricamente ha mantenido una postura cautelosa frente a los activos virtuales.
Esta postura tiene lógica desde la perspectiva de la estabilidad financiera: integrar activos altamente volátiles al balance de instituciones supervisadas por Banxico podría crear riesgos sistémicos. Pero también significa que México pierde competitividad frente a jurisdicciones que han encontrado formas de regular sin prohibir.
El modelo de los exchanges: más mercado, menos supervisión
En ausencia de un marco claro para los exchanges, el mercado se ha organizado de forma pragmática. Los exchanges más grandes han adoptado prácticas voluntarias de cumplimiento: verificación de identidad (KYC), reporte de transacciones sospechosas a la UIF y cumplimiento de la Ley Anti-Lavado.
Sin embargo, no todos los exchanges que operan en México tienen el mismo nivel de autorregulación. La ausencia de una licencia específica obligatoria significa que cualquier empresa puede abrir una plataforma de intercambio de criptomonedas con barreras de entrada relativamente bajas.
Tributación cripto: el terreno más minado
Para el inversor mexicano, el aspecto más tangible de la regulación cripto es la obligación fiscal. Las ganancias por compraventa de criptomonedas están sujetas al ISR como ingresos por enajenación de bienes para personas físicas.
El SAT no ha emitido criterios específicos para situaciones como las ganancias por staking, yield farming o la conversión entre criptomonedas, lo que genera incertidumbre y una amplia variedad de interpretaciones entre los contribuyentes y sus contadores.
El horizonte regulatorio
Las señales de los reguladores mexicanos en 2025 sugieren un movimiento gradual hacia un marco más definido. La CNBV ha mencionado la posibilidad de crear una categoría regulatoria específica para proveedores de servicios de activos virtuales, similar a la VASP del estándar GAFI. Banxico ha indicado que revisará la Circular 4/2019 en el contexto de la reforma a la Ley Fintech.
El mercado mexicano de criptomonedas es demasiado grande y demasiado dinámico para seguir operando en el limbo regulatorio actual. La pregunta no es si México regulará más claramente el sector, sino cuándo y bajo qué términos.
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